Actualizado: 23 de marzo de 2020.
Redaragon.
16/03/2020 - 11:16 h.
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Este fin de semana el Gobierno anunció el Estado de Alerta para frenar la expansión de contagios de coronavirus en España. Se restringen las salidas a la calle de los ciudadanos. Solo podrán ir a comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad (gafas, ortopedias); a sus lugares de trabajo; a su residencia habitual; podrán acudir a cuidar a los mayores y dependientes; a los bancos, a las peluquerías y a las tintorerías; sacar a pasear a sus mascotas y también podrán salir si hay motivos de causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Y siempre, en todos esos casos, manteniendo una distancia mínima de un metro para evitar posibles contagios. Esos establecimientos quedarán abiertos frente a la inmensa mayoría que deberán echar el cierre: todos los centros educativos, museos, cines, bares, restaurantes (menos los que sirvan comida a domicilio), gimnasios... Todas estas iniciativas tienen un solo objetivo: intentar que el número de infectados por este virus no siga creciendo a un ritmo que termine provocando el colapso del sistema hospitalario.
Los ciudadanos podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
Sí, los vehículos particulares podrán circular por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas anteriormente o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicios. No pueden ser ocupados por más de una persona salvo las excepciones previstas.
SÍ, pero sólo si es imprescindible y cumple uno de los supuestos del primer punto. Se evitarán las aglomeraciones en el interior de los establecimientos, permaneciendo en su interior el tiempo mínimo imprescindible y queda prihibido consumir producto alguno en el establecimiento. Sólo puede ir una persona, no ir en compañía.
Sí, permanecerán abiertas en sus horarios normales de atención al público.
Sí, pero solamente podrán abrir al público los establecimientos dedicados a los bienes establecidos como de primera necesidad.
Sí, los suministros básicos están garantizados. La distribución alimentaria está considerada un servicio esencial y se coordina con las plataformas de distribución la llegada de productos básicos.
No, el suministro de alimentación está garantizado. Se pide a la Ciudadanía que actúe con responsabilidad y no haga acopio de bienes de primera necesidad, a fin de evitar el desabastecimiento puntual en determinados puntos de venta.
No, ya que no se trata de uno de los supuestos contemplados en las excepciones que permiten la movilidad de la ciudadanía.
No, ya que no se trata de uno de los supuestos contemplados en las excepciones que permiten la movilidad de la ciudadanía.
No, ya que no se trata de uno de los supuestos contemplados en las excepciones que permiten la movilidad de la ciudadanía.
No, ya que no se trata de uno de los supuestos contemplados en las excepciones que permiten la movilidad de la ciudadanía.
Sí, para garantizar la atención que necesiten las personas dependientes.
Sí, ya que se trata de uno de los supuestos contemplados en las excepciones que permiten la movilidad de la ciudadanía.
Sí, manteniendo las distancias y medidas de protección y seguridad.
No, los establecimientos de hostelería permanecerán cerrados al público hasta el 29 de marzo, sin perjuicio de las posibles prórrogas que se puedan adoptar.
Sí. Los bares, cafeterías y restaurantes, siempre que estén cerrados al público, podrán prestar servicio de entrega a domicilio de alimentos.
No, los espectáculos públicos quedan suspendidos hasta el 29 de marzo, sin perjuicio de las posibles prórrogas que se puedan adoptar.
No, los centros públicos de servicios no esenciales permanecerán cerrados al público hasta el 29 de marzo, sin perjuicio de las posibles prórrogas que se puedan adoptar.
Sí no es urgente, mejor posponerla. Los servicios sanitarios están garantizados, pero es conveniente no saturarlos, permitiendo que se pueda destinar una mayor atención a la solución de la situación actual.
Sí no es imprescindible, mejor posponerla.
Sí se garantizará el funcionamiento de los servicios de transporte públicos, pero se recomienda usarlo solamente en casos imprescindibles y extremando las medidas de seguridad e higiene y de separación entre personas.
Sí, preferentemente se utilizará el teléfono o medios telemáticos. En caso de tener que realizarse algún trámite de manera presencial, será necesario informarse previamente de las posibles restricciones específicas que haya adoptado la administración en la que tenga que realizarse el trámite en cuestión.
Sí. Las entidades bancarias garantizarán el cumplimiento de las medidas de seguridad a adoptar para una adecuada prestación del servicio a sus clientes, e informarán a sus clientes de sobre las medidas de higiene respiratoria que adopten en sus oficinas. Se recomienda cajero automático.
Sí. Las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado velarán para que se garantice la correcta movilidad y prestación de la asistencia sanitaria.
Se considera servicios esenciales los relacionados con la seguridad y emergencias,sanidad, electricidad, agua potable , combustibles, gas, telecomunicaciones, permisos penitenciarios, residuos urbanos e industriales, residuos sanitarios, suministros sanitarios y de farmacia, distribución alimentaria y sector primario destinado al abastecimiento de suministros alimentarios.
Para evitar saturar la línea el 061 debe utilizarse sólo para urgencias médicas. Se ha habilitado un teléfono específico de atención e información relacionada con COVID-19: el 976 696 382
Quien experimente los síntomas comunes de la enfermedad (fiebre, tos, sensación de falta de aire) y haya estado recientemente en zona de riesgo (China continental, Singapur, Hong-Kong, Japón, Corea del Sur, Irán, norte de Italia) o en contacto con un enfermo de COVID-19 debe permanecer en el domicilio y contactar con el 976 696 382.
Las medidas generales de prevención de este y otros virus respiratorios son:
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